“Artículo 13. Es deber del abogado guardar los secretos y confidencias de su cliente. Este debe perdurar aún después de la terminación de los servicios y se extiende a los empleados del abogado y ni éste ni aquellos podrán ser forzados a revelar tales confidencias, salvo que Si es https://paises-sin-extradicion61603.blog5.net/70408111/top-latest-five-abogado-penalista-urban-news