Este artículo establece que sólo tienen validez los carnets de otros países que estén expedidos de acuerdo al Convenio Internacional de Ginebra; los redactados en castellano o que vengan con una traducción oficial expedida por los cónsules de España en el extranjero; los internacionales expedidos en el extranjero de acuerdo https://zanderufpvf.targetblogs.com/34170357/a-review-of-foto-del-carné-de-conducir-español